LA REFORMA DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL

Para Pessoa, la nueva Ley, va a contramano de los pactos internacionales

Por Radio Continental, el abogado Nelson Pessoa, se refirió al proyecto de reforma del Código Procesal Penal local que ya cuenta con media sanción de Diputados. Cuestionó el paradigma de los Códigos inquisitivos, la incomunicación del acusado y el secreto de las actuaciones que mantendrá el nuevo sistema judicial. Por otra parte, consideró que la nueva Ley, iría a contramano de pactos internacionales firmados en su oportunidad por la República Argentina.

30-11-2017


Nelson Pessoa

El proyecto de Ley sobre el nuevo Código procesal Penal en Corrientes, ya cuenta con media sanción en la Cámara baja. Juristas locales se manifestaron a favor y en contra de la nueva letra. Por Continental el doctor Nelson Pessoa, cuestionó el nuevo sistema, que según consideró, se contradice con pactos internacionales suscriptos por la Nación, como el Pacto de San José de Costa Rica. “Para que un proceso penal sea conforme a un Estado de Derecho, no es suficiente un proceso acusatorio, debe estar acorde a derechos y garantías expresados en los tratados”, explicó Pessoa.

 “Se trata de sistema ‘acusatorio’,  sobre el cual realizo un conjunto de observaciones, la tarea de investigación e impulso de la acción penal, estará a cargo del Ministerio público, del fiscal, y no del juez de instrucción como hoy sucede en nuestra provincia”, agregó.

“El código de un Estado de Derecho debe ser acusatorio, en esto hay consenso, o sea que hay un sujeto que impulsa la investigación, que acusa , hay un sujeto imputado, y frente a eso, hay un tercero que pone equilibrio a la acusación, que es el Juez de garantía, entendido que en estos términos, el Derecho debe ser acusatorio, porque forma parte de la cultura moderna del Estado de Derecho”, remarcó el abogado.

“Pero hay un error que me llama la atención, para que un proceso penal sea conforme a un Estado de Derecho, no es suficiente que el proceso sea acusatorio, porque hay un conjunto de derechos y garantías que forman parte de la cultura jurídica occidental, y que nuestro país suscribió al firmar el Pacto de Costa Rica, en función a ese pacto y otros instrumentos internacionales, tanto las doctrinas internacional más avanzada como la jurisprudencia de tribunales internacionales, están generando un conjunto de patrones que deben regir el proceso penal internacional, esto es lo que no se entiende o no se quiere entender”, señaló.

“Concretamente, se dice que el proceso vigente es ‘inquisitivo’, yo digo que este nuevo modelo también  es inquisitivo, porque cuando hoy uno lea la doctrina internacional, y la jurisprudencia internacional dice que la persona sometida a proceso penal, tiene un conjunto de garantías, y entre otros, el derecho de contralor de las pruebas, en este proyecto llega la posibilidad que el fiscal tenga en su poder las pruebas en secreto, durante un año, sin intervención  del imputado”, sostuvo.

“El acusado no tuvo posibilidad tuve posibilidad de controlar las pruebas, la consigna es hacer una investigación rápida, se cierra rápido la investigación, y se pasa a debate, con pruebas que no tuvo contralor, entonces donde está la garantía de la defensa a juicio, si ese es un Código modernos, yo prefiero ser conservador, porque este código no tiene nada que envidiar a la inquisición”.