ES DE LEY CONGRESO

Ahora todos los argentinos mayores de edad son donantes de órganos

 

“No deberían existir más Justinas ni Renzos. La participación de los pacientes en listas de espera y los trasplantados tenemos papel principal. La posibilidad de tener una máquina para hacerme diálisis tres veces por semana es algo que no tienen las demás personas para vivir. Por eso es importante difundir la importancia de la donación de órganos”, dijo Natalia Mozatti, paciente renal en lista de espera respecto a la sanción de la ley Justina en Corriente, en comunicación con Punto x Punto de radio Continental Corrientes. 

 

 

04-07-2018


Natalia Mozzatti

“Acá en Corrientes hay más de 150 pacientes en lista de espera, esperando un trasplante y a nivel nacional 11 mil personas esperando órganos y tejidos. Muchas personas te preguntan en que numero vas, pero no saben que hay montón de situaciones a esperar:  el tema de la compatibilidad, que estés en condiciones para entrar al trasplante y el donante que este en óptimas condiciones para que el receptor pueda vivir bien, y todo esto hace que las posibilidades sean menores. La lista va creciendo hay 155 personas en lista de espera hay 100 más en proceso para entrar, hay 100 más que se están haciendo estudios para entrar. Es una realidad que nos preocupa”, dijo.


La Cámara de Diputados sancionó esta tarde la iniciativa "Justina", que el 30 de mayo había sido aprobada en el Senado por unanimidad.

La Cámara de Diputados sancionó esta tarde la llamada "Ley Justina", que el 30 de mayo había sido aprobada en el Senado por unanimidad. Se trata de una reforma de la ley de trasplante de órganos que consiste principalmente en que todas las personas mayores de edad pasen a ser donantes, salvo que expresen lo contrario. La iniciativa, impulsada en el Senado por Juan Carlos Marino(UCR), no tuvo modificaciones, por lo que hoy fue convertida en ley. 

Además de incorporar principios bioéticos que protegen a los donantes y los receptores, la iniciativa promueve la autosuficiencia del sistema. Prevé la donación cruzada (entre dos parejas de donante/receptor no relacionadas, pero compatibles), para los trasplantes de riñón, sin intervención judicial y obliga a los profesionales a notificar al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) la indicación de diálisis o trasplante renal. Promueve la incorporación en los centros de salud de profesionales entrenados en la promoción de la donación y la detección de potenciales donantes. 



La ley adoptó el nombre de Justina Lo Cane, la nena de 12 años que falleció el año pasado, el 22 de noviembre, por no recibir un trasplante de corazón a tiempo, detalla Clarín. Como pasó en el Senado, los padres de Justina, Ezequiel y Paola, también sus hermanos y abuelos, siguieron todas las alternativas, presentes en el recinto -junto al senador Marino-, con profunda emoción.

Uno de los capítulos está expresamente destinado a los medios de comunicación. En tres artículos, se prohíbe "la publicidad de pedidos de órganos, tejidos y células para personas determinadas, como así también la publicidad engañosa sobre tratamientos terapéuticos que no cuenten con evidencia científica". Pero el proyecto exceptúa "los casos en los que la persona que necesita el trasplante o sus familiares" se manifiesten "en forma pública, libre y voluntaria".

Un punto en el que habrá que esperar es la reglamentación del texto que enumera los requisitos para la donación.

La ley mantiene el principio de que todo mayor de 18 años es donante presunto, con la manifestación expresa de la voluntad o no de donar en un registro a cargo del Incucai, pero aclara también que "la ablación de órganos y/o tejidos puede realizarse sobre toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos".

Sin embargo, se aclara que si no se encuentra registrada esa voluntad, "el profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la misma" de acuerdo con la reglamentación de la ley. No se indica de manera taxativa cómo se deberá proceder en esos casos.

De este modo, al eliminar el artículo 21 de la ley 24.193 vigente, los familiares hasta el cuarto grado de consanguineidad ya no deberán dar testimonio de la voluntad sobre la ablación de órganos o tejidos del potencial donante en el caso de muerte natural.

En el caso de los menores de 18 años, bastará la autorización de ambos padres o del que esté presente o el representante legal para proceder a la donación. A continuación, se aclara que "la oposición de uno de los padres elimina la posibilidad de llevar adelante" el procedimiento. Si no estuviera disponible ninguno de esos adultos, se procederá a notificar al Ministerio Pupilar "para autorizar la ablación".

Carlos Díaz preside la Sociedad Argentina de Trasplantes (SAT). Opinó que el proyecto actualiza la ley vigente. Pero insistió en que lo que va a cambiar con concientización y mayor procuración para solucionar las listas de espera.