Cuota alimentaria. Más de la mitad de los padres no paga

La abogada Verónica Villordo (MP. 7261) explicó a Radionord los pasos que deben seguir las madres para reclamar este derecho básico de sus hijos, y remarcó que el proceso es más accesible y urgente de lo que muchas mujeres creen. 

10-05-2025


Verónica Villordo (abogada) Tema: Incumplimiento de cuota alimentaria

El incumplimiento de la cuota alimentaria es una problemática extendida y persistente que afecta directamente a miles de mujeres y niños en todo el país. Según datos de UNICEF, más de la mitad de los padres no cumplen con la obligación legal de aportar económicamente para el sostenimiento de sus hijos, y cuando lo hacen, las sumas suelen ser insuficientes y mal pagas.

En diálogo con Radionord, la abogada Verónica Villordo (MP. 7261) explicó los pasos que deben seguir las madres para reclamar este derecho básico de sus hijos, y remarcó que el proceso es más accesible y urgente de lo que muchas mujeres creen. “Las madres tienen que saber que no están solas. Pueden acudir a un abogado de confianza, o en caso de no contar con recursos, acercarse a la Defensoría Civil o al Juzgado de Familia para solicitar patrocinio gratuito y asesoramiento legal”, indicó.

“El proceso de alimentos no es algo que se extienda por años. Es un trámite que, por tratarse de una necesidad básica de niñas, niños y adolescentes, tiene carácter urgente”, explicó Villordo. Una vez iniciado el expediente, el progenitor no conviviente es notificado y citado a audiencia.

Cuando el padre cuenta con un empleo registrado, se puede solicitar el embargo directo del salario. “El juzgado determina un porcentaje del sueldo que se destina mensualmente a cubrir la cuota de alimentos. Este mecanismo permite garantizar el cumplimiento regular del aporte”, explicó la letrada.

El problema más habitual, según la abogada, ocurre cuando los padres no tienen trabajo en relación de dependencia o trabajan en la informalidad. “En esos casos, muchos alegan no tener ingresos y se presentan en las audiencias diciendo ‘no tengo trabajo’, ‘no tengo de dónde sacar’, buscando eludir su responsabilidad. Frente a eso, se toma como referencia el Salario Mínimo, Vital y Móvil para fijar una base de cuota”, aclaró Villordo.

Un dato clave que muchas madres desconocen: cuando el padre no puede cumplir con la cuota, los abuelos paternos pueden ser obligados a hacerlo. “La ley prevé que si el progenitor no cumple y se agotan las vías principales, se puede integrar a la litis a los abuelos del lado paterno. Ellos tienen la obligación subsidiaria de cubrir lo que su hijo no puede aportar a sus nietos”, subrayó la abogada.

“El derecho alimentario es irrenunciable. Las mujeres deben saber que pueden reclamar, que hay mecanismos y que los juzgados priorizan estas causas. El bienestar de los hijos está por encima de las excusas de los adultos”, finalizó Villordo.