Hijos adultos sin trabajo. ¿Pueden reclamar manutención a su padre?
Leyva Acuña, abogado (MP 8974) brindó declaraciones a Radionord sobre un caso que podría sentar un precedente en el derecho de familia argentino: un hombre mayor de 26 años que solicita alimentos a su padre.
05-07-2025
“Como principio general, los progenitores tienen la obligación de brindar alimentos —lo que incluye vivienda, salud y sustento— a sus hijos hasta los 18 años, e incluso hasta los 26 si estos se encuentran estudiando o capacitándose”, explicó el doctor Acuña.
Sin embargo, el caso que actualmente se encuentra en trámite ante la Cámara Civil, Sala III de Corrientes, presenta una situación fuera de lo común: un hijo adulto que, habiendo superado los 26 años, reclama alimentos a su padre en razón de una condición de salud que le impide trabajar y sostenerse económicamente.
El demandante padece síndrome social, una patología que, según detalló el abogado, “dificulta las relaciones interpersonales y le impide mantener vínculos estables, lo que lo inhabilita para conseguir o sostener un empleo formal o informal”.
Ante la imposibilidad de garantizar su subsistencia, esta persona recurrió a la vía judicial para reclamar alimentos a su padre, quien se encuentra en una situación económica más favorable.
“El derecho actual no establece qué ocurre en casos como este, donde el hijo no se capacita ni trabaja, pero tampoco puede hacerlo por una condición de salud. Existe un vacío legal, y este caso abre la puerta a un debate profundo sobre los límites de la obligación alimentaria”, sostuvo el abogado.
La justicia ya se pronunció en primera instancia, haciendo lugar al pedido del demandante y condenando al progenitor a brindar la asistencia alimentaria requerida. La decisión fue apelada y ahora está en manos de la Cámara, que deberá resolver si corresponde o no extender esta obligación más allá de los 26 años.
El abogado enfatizó la importancia del caso: “Es una situación totalmente atípica. La pregunta es si existe una obligación legal o moral de asistir a un hijo que, aun siendo mayor de edad y sin estudiar, no puede valerse por sí mismo debido a una condición médica”.
La resolución de la Sala III de la Cámara Civil será clave para establecer una línea jurisprudencial en torno a este tema, que hoy no cuenta con una regulación clara en la legislación vigente.