Audios de Karina. “Esto es la definición de manual de censura previa”, apuntó un especialista
El abogado constitucionalista Pedro Caminos cuestionó en diálogo con Radionord la decisión del juez federal Martín Maraniello, quien dictó una medida cautelar para impedir la difusión de supuestos audios vinculados a Karina Milei.
02-09-2025
“Esto es la definición de manual de censura previa”, afirmó Caminos, al señalar que el magistrado actuó sin haber escuchado el contenido de los audios y sin que existiera una fundamentación concreta. “En nuestro sistema constitucional, la censura previa está prohibida. Ningún funcionario público, ni siquiera un juez, puede impedir la difusión de información, salvo excepciones muy rigurosas como la protección de menores de edad”, explicó.
El letrado remarcó que la medida se adoptó a pedido de Milei y no del Estado nacional. “Karina Milei no puede invocar razones de seguridad nacional porque no representa al Estado. Además, si realmente hubiera un riesgo, debería presentarse con argumentos concretos y pruebas, cosa que acá no ocurrió”, sostuvo.
Caminos advirtió que la decisión genera un antecedente preocupante. “El juez Maraniello es profesor de derecho constitucional, no puede desconocer que lo que dictó es incompatible con la Constitución. Hay algún tipo de intencionalidad detrás que aún no se conoce.Si en ese momento se hubiera dictado una cautelar alegando seguridad nacional, los ciudadanos jamás se habrían enterado de que el presidente incumplía la cuarentena. El derecho a la información es fundamental en democracia”, ejemplificó.
Autor: Paula Escalante